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Premios al uso del valenciano en el comercio local

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Premios al uso del valenciano en el comercio local

Desde el día 04/09/2021 hasta el día 23/09/2021

objeto del procedimiento

Establecer las condiciones que regularán la concesión de los premios al uso del valenciano en el comercio local de Silla subvencionados por la Diputación de Valencia.

La concesión de premios al uso del valenciano en el comercio local es una actividad destinada a valorar y galardonar el uso de la lengua propia en los establecimientos comerciales. Se incluirá en la valoración la utilización del valenciano en la rotulación, la señalización interna, la documentación administrativa, el merchandising y el uso del valenciano en las redes sociales.

1. modalidades

Se establecen dos modalidades del premio orientadas a un determinado sector de actividad comercial. Cada participante solo podrá presentarse a una sola modalidad. Las modalidades son: 

  1. Premio por el uso del valenciano en la rotulación y en el material imprimido (facturas, albaranes, bolsas, diseños...).
  2. Premio por el uso del valenciano aplicado a las nuevas tecnologías (páginas web, Facebook, software de gestión, adaptación en nuevas tecnologías...).

Habrá de aportarse un dosier explicativo de la actividad (máximo 20 hojas). Quién gane un año no podrá presentarse el año siguiente en la misma modalidad. 

2. PERSONAS BENEFICIARIAS

Podrán ser beneficiarias de estos premios las personas físicas o jurídicas legalmente constituidas que desarrollan una actividad comercial, de restauración y servicios en establecimientos ubicados en Silla y que sean personas autónomas o microempresas según la recomendación de la Comisión Europea 2003/361/CE, de 6 de mayo (que ocupe menos de 10 personas y volumen anual de negocio no superior a dos millones de euros).

Solo se puede presentar una solicitud por persona física o jurídica, sociedad civil o comunidad de bienes y para un único establecimiento.

Además de reunir los requisitos específicos establecidos en el apartado anterior, tienen que cumplir todos y cada uno de los requisitos siguientes, de carácter general, exigibles para ser perceptor de subvenciones:

  • No estar incurso en ninguno de las circunstancias previstas al art. 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que inhabilitan para tener la condición de persona beneficiaria de la subvención.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Silla.
  • No tener pendiente de justificación, fuera de plazo, ninguna subvención concedida por el Ayuntamiento de Silla.

formas de presentación

Presencial

Se podrá presentar la solicitud en la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía (Plaça del Mercat Vell, 4, Planta baixa) o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se puede consultar el horario de la OAC en www.silla.es.

El modelo normalizado de solicitud se encuentra en el apartado DOCUMENTOS O FORMULARIOS A PRESENTAR

Información complementaria: Las personas físicas pueden presentar la solicitud por la sede electrónica si tienen certificado electrónico, mediante https://silla.sedipualba.es, en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Silla, o presencialmente, en la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía (entrada por la calle Castell) con cita previa (teléfono 961219790).

Telemática

Se podrá presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Silla https://silla.sedipualba.es utilizando los modelos normalizados.

Advertencia: Estarán obligados a presentar las solicitudes por sede electrónica https://silla.sedipualba.es las personas siguientes:  

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Las personas que ejerzan una actividad profesional para la cual se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realizan con las administraciones públicas en ejercicio de esta actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluido el personal notario y registrador de la propiedad y mercantiles.

d) Las personas que representan una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.

e) Las persones empleadas de las administraciones públicas para los trámites y actuaciones que realizan con estas por razón de su condición de personal público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada administración.

resolución

Plazo para resolver y notificar: En un plazo máximo de seis meses contadores desde la publicación de la convocatoria en el BOP. 

La resolución definitiva pondrá fin a la vía administrativa, contra la cual las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo o cualquier otro recurso que consideran conveniente para la defensa de sus intereses.

La publicación de la resolución se realizará mediante edicto en el tablón de edictos del Ayuntamiento y página web.

Silencio administrativo: El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a las personas interesadas para entender la solicitud de concesión de la subvención desestimada por silencio administrativo.

normativa

  • Bases y convocatoria de Premios al uso del valenciano en el comercio local
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio
  • Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Silla

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT DE SILLA - P4623200E
Plaça Poble, 1
46460 Silla (Valencia)
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