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Convocatoria y proceso de inscripción para cubrir posibles vacantes en el Programa de atención de necesidades e inclusión social a menores y sus familias durante el periodo estival

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Convocatoria y proceso de inscripción para cubrir posibles vacantes en el Programa de atención de necesidades e inclusión social a menores y sus familias durante el periodo estival

Desde el día 01/07/2021 hasta el día 31/08/2021

objeto del procedimiento

El Programa de atención de necesidades e inclusión social a menores y sus familias durante el periodo estival 2021 consiste en garantizar el derecho básico de alimentación de niños, niñas y adolescentes en situación de vulnerabilidad, y que consiste en proporcionar, inicialmente a 58 menores, la alimentación diaria de lunes a viernes no festivos, desde el 1 de julio hasta el 31 de agosto de 2021, compuesto por un menú comida (primer plato, segundo plato, pan y postre) y un menú cena (primer plato, segundo plato, pan y postre), y la participación en las actividades de ocio y tiempo libre organizadas por el Ayuntamiento para los menores de entre 3 y 18 años que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

requisitos de admisión

Para la participación en el programa a que se refiere esta convocatoria será necesario reunir los requisitos siguientes:

  • Tener entre 3 y 18 años
  • Estar empadronados en el municipio de Silla
  • No superar los ingresos mensuales de la unidad familiar en el momento de la valoración, la cuantía del IPREM que está establecida en 537,84 €/mes
  • En 2021, para las personas nacidas los años 2021, 2020 o 2019

Las familias que cumplan los requisitos y que estén interesadas en solicitar el programa deberán presentar en el registro del Ayuntamiento de Silla la instancia de solicitud y la documentación necesaria que acredite las circunstancias personales, familiares, económicas y/o sociales.   

No requerirá proceso de solicitud aquellos casos que a criterio técnico de las Trabajadoras Sociales sean susceptibles de las ayudas, previo informe favorable emitido por la técnica competente.

formas de presentación de la solicitud

Presencial

La solicitud se puede presentar a la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía (OAC) (pl. del Mercat Vell, 4 - c/ del Castell) o cualquier otra forma prevista en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El horario de la OAC se puede encontrar en www.silla.es.

Información complementaria: Las personas físicas pueden presentar la solicitud por la sede electrónica si tienen certificado electrónico, mediante https://silla.sedipualba.es, en el Registro Electrónico General del Ayuntamiento de Silla, o presencialmente, en la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía (entrada por la calle Castell) con cita previa (teléfono 961219790).

Telemática

La solicitud se podrá presentar a través de la sede electrónica de Silla https://silla.sedipualba.es 

documentación necesaria

Documentación necesaria para realizar la solicitud:

Las familias que quieran solicitar plaza para el programa deberá presentar la solicitud en modelo normalizado y la documentación necesaria que acredite las circunstancias personales, familiares, económicas y sociales en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Silla http://silla.sedipualba.es o presencialmente por registro de entrada en la Oficina de Asistencia a la Ciudadanía, entrada por calle Castell, con cita previa per internet  https://citaprevia.silla.es o per teléfono 961219790. 

  • Impreso de solicitud en modelo normalizado, rellenado y firmado por los dos progenitores o por el que ostente la guarda y custodia (en este caso, deberá acreditarlo mediante sentencia judicial o medidas cautelares) o tutores del niño o niña con la siguiente documentación:
  • Libro de familia, o en su defecto, certificación de la inscripción de nacimiento librada por el Registro Civil.
  • Documento de identificación: DNI, NIE o Pasaporte en vigor, de los progenitores o de las personas tutores del menor.
  • Sentencia judicial o medidas cautelares (si es el caso)

Documentación para acreditar las circunstancias familiares, económicas y/o sociales

  • Ingresos actuales de los miembros de la unidad familiar (los correspondientes al mes de mayo 2021)
  • Título oficial de familia numerosa.
  • Título oficial de familia monoparental. La condición de miembro de familia monoparental se acreditará con el título de familia monoparental expedido por la Conselleria competente en materia de familia.
  • Certificado de discapacidad del alumno, alumna, padres, madres, tutores, hermanos o hermanas, expedido por la Conselleria competente.
  • En caso de ser beneficiarios de la Renta Valenciana de Inclusión (RVI), Resolución administrativa o certificado emitido por la Conselleria competente.
  • El acogimiento familiar o en guarda con finalidad de adopción se acreditará aportando la resolución administrativa o judicial por la que se haya formalizado, un certificado emitido por la Conselleria competente en materia de Bienestar Social, en la que se haga constar la existencia del acogimiento familiar o de la guarda con finalidad de adopción y la entidad de los acogedores.
  • Resolución administrativa o judicial para las circunstancias específicas.

calendario del procedimiento

  • A partir del 30 de junio y en todo caso, hasta la finalización del programa, en fecha 31 de agosto, se podrán presentar solicitudes para cubrir posibles vacantes o renuncias.

resolución

  • Órgano que resuelve: Alcaldía, a propuesta de la Concejalía de Bienestar Social
  • Plazo de resolución: 1 mes

normativa

  • Constitución Española de 1978.
  • Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local.
  • Ley 8/2010, de la Generalitat, de Régimen Local de la CV.
  • Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
  • Ley 40/2015, del Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS)
  • RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales (TRLHL)
  • RD 500/1990, de 20 de abril, por el que se despliega el RDL 2/2004, en materia de presupuestos.
  • Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y adolescencia.
  • Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunidad Valenciana
  • Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de Servicios Sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana.
  • Decreto 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales. 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
El plazo de solicitud está actualmente cerrado
AJUNTAMENT DE SILLA - P4623200E
Plaça Poble, 1
46460 Silla (Valencia)
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